DGT-R-34-2020:MOFICIA LOS PARÁMETROS DE VALORACIÓN PARA EL CÁLCULO DEL IMPUESTO SOLIDARIO

DGT-R-34-2020: Modifica los parámetros de valoración para el cálculo del Impuesto Solidario


Gaceta N° 252, viernes 16 de octubre del 2020.


Se modifica el artículo 3º de la Resolución Nº 30-2009 “Establece que la base imponible del Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda (en adelante Impuesto Solidario) estará constituida por el valor fiscal del bien inmueble de uso habitacional”, para que diga:


Artículo 3º—Parámetros de Valoración. Se consideran criterios técnicos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 9º del Reglamento de la Ley citada, los parámetros de valoración, que se detallan seguidamente:


El Manual de Valores Base Unitario por Tipología Constructiva, edición 2019; vigente. Este manual se utiliza únicamente para la valoración de construcciones y demás instalaciones fijas y permanentes, y está disponible en la dirección: https://www.hacienda.go.cr/contenido/14595-fundamento-legal-impuesto-solidario-iso


Los Mapas y las Matrices de Valores por Zonas Homogéneas se utilizan para la valoración de los terrenos, aplicables en todos los cantones del país, incluyendo los cantones actualizados que se indican en el considerando quinto de la presente resolución. Estos parámetros están disponibles en la dirección: https://www.hacienda.go.cr/contenido/13513-impuesto-solidario-para-el-fortalecimiento-de-programas-de-vivienda-iso


Dato importante:
Esta Resolución rige a partir del 01 de enero del 2021.


Adjunto encontrarán para mayor información el documento oficial emitido por la Dirección General de Tributación:
DGT-R-34-2020.pdf


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