DGT-R-37-2020: RESOLUCIÓN DE REQUISITOS PARA REALIZAR TODO TIPO DE TRÁMITE ANTE LA DGT
DGT-R-37-2020: Resolución de requisitos para realizar todo tipo de trámite ante la Dirección General de Tributación relacionado con la acreditación, representación y el mandato, y con la autenticación de firmas
Gaceta N° 264, martes 03 de noviembre del 2020.
Esta resolución, establece los siguientes lineamientos:
Disposiciones Generales
Definiciones
Requisitos para la acreditación de representante legal y apoderados
Deber de acreditación del representante legal ante la Administración Tributaria.
Acreditación de apoderados distintos del representante legal
Poderes no susceptibles de acreditación
Forma de demostrar la representación legal, los poderes y su vigencia
Sociedades acéfalas omisas en declaraciones del Impuesto sobre la Renta y morosas en el Impuestos a las Personas Jurídicas
Representación de los condominios administrados por personas jurídicas
Nombramiento de apoderados para la realización de trámites específicos ante la Administración TributariaApoderados no acreditados
Plazo de validez de la certificación del poder
Actuaciones de apoderados acreditados
Caducidad de la acreditación
Actuación de apoderados no acreditado
Requisitos formales que deben contener los documentos que ameritan de autenticación de firma por abogado y notario
Requisitos que deben contener los documentos autenticados por un abogado
Requisitos que deben contener los documentos autenticados por un notario público
Datos importantes:
Se deroga la DGT-R-08-2018 “Resolución de requisitos para realizar todo tipo de trámite ante la Dirección General de Tributación relacionado con la Acreditación, Representación y el Mandato, y con la Autenticación de firmas”
En tanto se mantienen las medidas sanitarias que restringen la atención al público de manera presencial, debidas a la pandemia por COVID 19, los documentos a que se refiere esta resolución podrán presentarse escaneados en formato PDF, a través de la Plataforma TRAVI conforme a la resolución DGT-R-17-2020.
Adjunto encontrará para mayor información el documento oficial emitido por la Dirección General de Tributación:
DGT-R-37-2020.pdf
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