DGT-R-03-2021: MODIFICACIÓN A LA DGT-R-075-2019 DENOMINADA "RESOLUCIÓN SOBRE EL DEBER DE INSCRIPCIÓN

DGT-R-03-2021: Modificación a la DGT-R-075-2019 denominada “Resolución sobre el deber de inscripción y declaración de sociedades inactivas y adición a la resolución Nº DGT-R-012-2018 sobre comprobantes electrónicos”


Gaceta N° 16, lunes 25 de enero del 2021.


Se modifica el artículo 5º de la resolución Nº DGT-R-075-2019 denominada “Resolución sobre el deber de inscripción y declaración de sociedades inactivas y adición a la resolución Nº DGT-R-012-2018 sobre comprobantes electrónicos”, para que en adelante se lea de la siguiente manera:


“Artículo 5º—Desinscripción de sociedades disueltas.


Las sociedades mercantiles disueltas podrán desinscribirse como contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta cuando incurra en los causales de disolución establecidas en el artículo 201 del Código de Comercio, y se encuentren en un proceso de liquidación. Dicho trámite será realizado bajo la representación del liquidador, hasta tanto no se extinga la sociedad definidamente. Asimismo, las personas jurídicas sujetas al Impuesto a las Personas Jurídicas, como las que estén sujetas al Timbre Educación y Cultura mantendrán su condición de contribuyentes de dichos impuestos mientras existan jurídicamente, aun cuando dejen de realizar una actividad lucrativa o sustantiva. Las personas jurídicas que cesen de realizar actividades de carácter lucrativo o sustantivo deben actualizar su condición por medio del formulario de Modificación de datos del RUT en el portal de ATV. dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha del cese de las actividades u operaciones. La Administración Tributaria desinscribirá de oficio, sin necesidad de notificación alguna, con la sola constatación de su estado de extinción jurídica debidamente inscrito ante el RPJRN o ante el organismo donde se tramitó su constitución, ya sea por motivo de liquidación, cancelada de oficio, cancelada judicialmente.”

Adjunto encontrará para mayor información el documento oficial emitido por la Dirección General de Tributación:
DGT-R-03-2021.pdf

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