DGT-ICD-R-012-2021: ADICIONES Y MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN CONJUNTA DE ALCANCE GENERAL

DGT-ICD-R-012-2021: Adiciones y modificaciones a la Resolución Conjunta de Alcance General para el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales DGT-ICD-R-06-2020


Gaceta N° 44, jueves 04 de marzo del 2021.


La presente resolución establece los siguientes lineamientos:


Fideicomisos y sus equivalentes internacionales
Inscripción de fideicomisos en el RTBF
Otras personas autorizadas a suministrar la información
Determinación de los beneficiarios finales:
Información para completar la declaración:
Extinción del fideicomiso
Acuse de recibo
Declaración correctiva por parte del obligado.
Debida diligencia y custodia de la información
Registros de participantes con información incompleta.

Datos importantes:


Los administradores de recursos de terceros y las organizaciones sin fines de lucro, que todavía no están obligados a presentar la declaración directamente en el sistema del RTBF, deben mantener la información.
En el caso de los fideicomisos, los cuales están obligados a presentar la declaración para el período 2021, deberán hacer su primera declaración, por esta vez en junio de 2021.
Los fideicomisos obligados que deban presentar una declaración extraordinaria o realizar correcciones ya sea por cambios extraordinarios o correcciones con posterioridad al período de declaración 2021 y antes de la declaración anual de abril 2022, por esta única vez, presentarán dichos cambios en la declaración anual que se debe presentar en el mes de abril de 2022.

 Adjunto encontrará para mayor información el documento oficial emitido por la Dirección General de Tributación e Instituto Costarricense sobre drogas:
DGT-ICD-R-012-2021.pdf 

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