PROYECTO DE RESOLUCIÓN: MODIFICACIÓN AL RÉGIMEN DE CAPITAL MOBILIARIO/INMOBILIARIO DGT-R-058-2019
Proyecto de Resolución: Modificación al Régimen de Capital Mobiliario/Inmobiliario de la Resolución DGT-R-058-2019
Gaceta N° 148, miércoles 04 de agosto del 2021.
El presente Proyecto de Resolución tiene como objeto la modificación a la Resolución DGT-R-058-2019 “Procedimiento para que el contribuyente que obtenga rentas inmobiliarias y/ o mobiliarias comunique a la Administración Tributaria que declarará dichas rentas en el Régimen del Impuesto sobre las utilidades por estar afecto o por cumplir con el requisito de tener mínimo un empleado”. Además, establece los siguientes lineamientos:
-Se modifica el punto b) del “artículo 1 Rentas inmobiliarias y mobiliarias a declarar en el Impuesto sobre las Utilidades”:
-b. Por aplicación del derecho que establecen los artículos 3 ter y 3 quater del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta
-Se modifican los aparatados A y B del “artículo 2 Medio de comunicación a la Administración Tributaria sobre el régimen tributario en el que se declararán las rentas de capital inmobiliario y/o mobiliario”:
-A. Régimen de capital inmobiliario
-B. Régimen de capital mobiliario
-Vigencia
Envío de Observaciones:
Las observaciones pueden dirigirse por escrito al correo electrónico: RecaTJuridica@hacienda.go.cr. Se concede a las entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de intereses difusos, un plazo de 10 días hábiles contados a partir de la primera publicación de este aviso.
Adjunto encontrará para mayor información el documento oficial emitido por la Dirección General de Tributación:Borrador-Resolucion modifica DGT-R-058-2019.pdf
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