DGT-R-03-2022: REQUISITOS PARA LA ATENCIÓN DE SOLICITUDES PARA RECIBIR DONACIONES DEDUCIBLES
DGT-R-03-2022: Requisitos para la atención de solicitudes para recibir donaciones deducibles del Impuesto a las utilidades por parte del donante
Alcance N° 31 a la Gaceta N° 30, martes 15 de febrero del 2022.
La presente resolución establece los siguientes lineamientos:
-Entes que podrán recibir donaciones
-Donaciones al Servicio Nacional de Guardacostas.
-Donaciones a la Fundación para la Restauración de la Catedral Metropolitana y otros templos y monumentos católicos
-Donaciones al Comité Olímpico
-Asociaciones de Desarrollo
-Comités Cantonales de Deportes y Recreación
-Entes que no requieren autorización para recibir donaciones
-Requisitos generales que deben cumplir los interesados en recibir donaciones.
-Requisitos específicos que deben presentar los interesados en recibir donaciones
-Registro auxiliar de donaciones
-Comprobantes de donaciones
-Prevención ante el incumplimiento de requisitos.
-Requisitos generales que debe cumplir el donante
-Plazo para resolver la solicitud de autorización o de renovación.
-Plazo para solicitar renovación
-Plazo por el cual se otorga el beneficio
-Motivos de denegatoria de la solicitud.
-Registro de autorizaciones para recibir donaciones y publicación en la página web de la lista de autorizados.
-Facultad de verificación por parte de la Administración Tributaria
Datos importantes:
-Se deroga la resolución DGT-R-04-2021.
-Rige a partir de su publicación
-Las solicitudes, presentadas antes de la entrada en vigencia de esta resolución y que se encuentren en estudio, se aplicará lo dispuesto, en la resolución N°DGT-R-04-2021.
Adjunto encontrará para mayor información el documento oficial emitido por la Dirección General de Tributación: DGT-R-03-2022.pdf
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