LEY N° 10165: LEY PARA SUSTITUIR TEMPORALMENTE LA APLICACIÓN DE LA SANCIÓN DE CIERRE DE NEGOCIOS

Ley N° 10165: Ley para sustituir temporalmente la aplicación de la sanción de cierre de negocios y facilitación del pago del IVA en sectores impactados severamente por la restricción sanitaria


Gaceta N° 86, miércoles 11 de mayo del 2022.

La presente ley establece los siguientes lineamientos:
-Sustitución temporal de la sanción de cierre de negocios
-Archivo de procedimientos sancionadores que dan lugar al cierre de negocios de sujetos pasivos que no sean omisos ni morosos.
-No procede archivo de procedimientos sancionadores para sujetos pasivos omisos o morosos.
-Competencia
-Plazo
-Fraccionamientos de pago a deudores del impuesto al valor agregado


Datos importantes:
-Esta ley deberá reglamentarse en lo pertinente dentro de los quince días hábiles posteriores a su entrada en vigencia.
-Rige a partir del primer día hábil del mes siguiente a su publicación.


Adjunto encontrará para mayor información el documento oficial emitido por la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica: Ley N 10165.pdf

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