DGT-R-31-2022: MODIFICACIONES A LA DGT-R-058-2019

DGT-R-31-2022: Modificaciones a la DGT-R-058-2019 “Procedimiento para que el contribuyente que obtenga rentas inmobiliarias y/ o mobiliarias comunique a la AT que declarará dichas rentas en el Régimen del ISU por estar afecto o por cumplir con el requisito de tener mínimo un empleado”


Gaceta N° 207, lunes 31 de octubre del 2022.


-Modifíquese el “punto b) Por aplicación del derecho que establecen los artículos 5° y 6° del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta” del artículo 1° de la resolución DGT-R-058-2019 “Procedimiento para que el contribuyente que obtenga rentas inmobiliarias y/ o mobiliarias comunique a la Administración Tributaria que declarará dichas rentas en el Régimen del Impuesto sobre las utilidades por estar afecto o por cumplir con el requisito de tener mínimo un empleado”


-Modifíquese de la resolución DGT-R-058-2019 el “Artículo 2: Medio de comunicación a la Administración Tributaria sobre el régimen tributario en el que se declararán las rentas de capital inmobiliario y/o mobiliario”, en los apartados:
A. Régimen de capital inmobiliario
B. Régimen de capital mobiliario


-Vigencia: Rige a partir de su publicación.

Adjunto encontrará para mayor información el documento oficial emitido por la Dirección General de Tributación: DGT-R-31-2022.pdf

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