PROYECTO DE RESOLUCIÓN: DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DGT-R-02-2015
Proyecto de Resolución: Derogación de la Resolución DGT-R-02-2015
Gaceta N° 218, martes 15 de noviembre del 2022.
El presente Proyecto de Resolución establece los siguientes lineamientos:
-Derogatoria de la Resolución DGT-R-02-2015 “Determinación de la base imponible en el nivel de mayorista para las bebidas gaseosas fabricadas e importadas conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley del Impuesto General sobre las Ventas”
-Aplicación de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y su Reglamento
-Determinación del impuesto al valor agregado en bebidas gaseosas de producción nacional e importadas, por el sistema general.
-Vigencia
-Transitorios:
-Transitorio I. Levantamiento de un inventario
-Transitorio II. Aplicación del crédito fiscal para las bebidas gaseosas de producción nacional e importadas
-Transitorio III. Aplicación del crédito fiscal en la declaración jurada del impuesto
Datos importantes:
Las observaciones pueden dirigirse por escrito al correo electrónico: Direcciongeneral-DGT@hacienda.go.cr. Se concede a las entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de intereses difusos, un plazo de 10 días hábiles contados a partir de la primera publicación de este aviso.
Adjunto encontrará para mayor información el documento oficial emitido por la Dirección General de Tributación: Borrador-Derogacion Resolucion DGT-R-02-2015.pdf
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