DGT-R-37-2022: IMPORTACIÓN DE VEHÍCULOS NUEVOS Y USADOS

DGT-R-37-2022: Importación de Vehículos nuevos y usados


Alcance N° 256 a la Gaceta N° 229, miércoles 30 de noviembre del 2022.


La presente resolución establece los siguientes lineamientos:


-Los adquirentes de estos vehículos podrán aplicarse como crédito fiscal la totalidad del monto del IVA pagado en el momento de la importación.
-Para respaldar la determinación del crédito fiscal, los adquirentes podrán solicitar a los importadores, incluir en la factura de venta el monto del impuesto al valor agregado e indicar el número y la fecha de la declaración única aduanera (DUA) con que el vehículo fue nacionalizado.
-Los importadores de vehículos estarán obligados a incluir en la factura de venta la información indicada, cuando así sea solicitado por el comprador.
-Para los casos en que el adquiriente sea el mismo importador, el respaldo del crédito fiscal lo constituye la misma declaración única aduanera en la que se consigne el pago del IVA.
-La presente disposición se mantendrá vigente en el tanto el IVA se recaude con base en la aplicación del margen de ganancia estimada a nivel de aduana, y no se traslade la liquidación y recaudación de este al sistema general del IVA.
-Vigencia. Rige a partir de su publicación.


Adjunto encontrará para mayor información el documento oficial emitido por la Dirección General de Tributación: DGT-R-37-2022.pdf

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