PROYECTO DE RESOLUCIÓN: ACTUALÍCESE EL ARTÍCULO 1 DE LA RESOLUCIÓN DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS
Proyecto de Resolución: Actualícese el artículo 1 de la Resolución General sobre las Disposiciones Técnicas de los Comprobantes Electrónicos para Efectos Tributarios N° DGT-R-033-2019
Gaceta N° 49, jueves 16 de marzo del 2023
El presente proyecto de Resolución establece los siguientes lineamientos:
-Se modifica el artículo 1 de la Resolución General sobre las Disposiciones Técnicas de los Comprobantes Electrónicos para Efectos Tributarios, DGT-R-033-2019, para que se lea la dirección electrónica de la siguiente manera: https://atv.hacienda.go.cr/ATV/ComprobanteElectronico/frmAnexosyEstructuras.aspx#
-Se modifica la nota número 5 del anexo 1 referente al apartado “anexo y estructuras _ V 4.3“, se deben incorporar en “condiciones de la venta” y “código” lo siguiente:
Condiciones de la venta: Venta a crédito en IVA hasta 90 días (Artículo 27, LIVA),
Código 10,
Condiciones de la venta: Pago de venta a crédito en IVA hasta 90 días (Artículo 27, LIVA),
Código 11.
-En la nota número 8.1 del anexo 1 referente al apartado “anexo y estructuras _ V 4.3“ se deben incorporar en las “Tarifas Impuesto Valor Agregado” y “código” lo siguiente:
Tarifa Impuesto al Valor Agregado
Tarifa reducida del 0.5%
Código
09
-Se modifica el nombre del campo “Porcentaje de la Exoneración” por “Tarifa exonerada”; asimismo, se ajusta el tipo de campo a “Decimal” y el tamaño a 4,2 caracteres:
-Rige a partir de su publicación.
-Transitorio Único: Se otorga un plazo de 90 días naturales (tres meses) desde el rige de la presente resolución para que los obligados tributarios que deban realizar la modificación de los datos indicados en el artículo 1° de esta resolución en sus sistemas de comprobantes electrónicos.
Dato importante:
Las observaciones pueden dirigirse por escrito al correo electrónico: TributacionInter@hacienda.go.cr. Se concede a las entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de intereses difusos, un plazo de 10 días hábiles contados a partir de la primera publicación de este aviso.
Adjunto encontrará para mayor información el documento oficial emitido por la Dirección General de Tributación: Borrador-Proyecto Resolucion actualizacion DGT-R-033-2019.pdf
« Regresar