MH-DGT/ICD-RES-0004-2023: MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN DGT-ICD-R-06-2020
MH-DGT/ICD-RES-0004-2023: Modificaciones a la Resolución Conjunta de Alcance General para el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales N° DGT-ICD-R-06-2020
Gaceta N° 53, miércoles 22 de marzo del 2023.
La presente Resolución establece los siguientes lineamientos:
-Se modifica el artículo 10 “Declaración correctiva por parte del obligado”, de la Resolución Conjunta de Alcance General DGT-ICD-R-06-2020 y sus reformas, para que se lea de la siguiente manera:
“Artículo 10: Declaración correctiva por parte del obligado.
Las declaraciones ordinarias o extraordinarias presentadas en el sistema del RTBF que contengan errores en la información suministrada, podrán ser corregidas dentro del periodo vigente por el representante legal o el autorizado, por una única vez para cada tipo de declaración presentando una declaración correctiva en el sistema, en la que debe adjuntar una nota firmada por el representante legal, fiduciario o quien ejerza la representación legal, detallando y justificando los motivos de la enmienda.”
-Se adiciona un transitorio X a la Resolución Conjunta de Alcance General DGT-ICD-R-06-2020 y sus reformas, para que se lea de la siguiente manera:
“Transitorio X: Las personas jurídicas y los fideicomisos obligados a presentar la declaración para el período 2023, por única vez, podrán hacerlo en el período comprendido entre el 01 de mayo de 2023 y hasta el 30 de junio del 2023, ambos días inclusive, en los años subsiguientes les corresponderá declarar de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6° de esta Resolución, es decir, en el mes de abril de cada año.”
-Vigencia. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Adjunto encontrará para mayor información el documento oficial emitido por la Dirección General de Tributación: MH-DGTICD-RES-0004-2023.pdf
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