PROYECTO DE RESOLUCIÓN: MODIFICA EL ARTÍCULO 4 DE LA RESOLUCIÓN N° MAG-DGT-R-52-2019
Proyecto de Resolución: Modifica el artículo 4 de la Resolución del Ministerio de Agricultura y Ganadería y la Dirección General de Tributación N° MAG-DGT-R-52-2019, “Procedimiento y requisitos para inscripción en el registro de productores agropecuarios y pescadores”
Gaceta N° 14, jueves 25 de enero del 2024.
El presente Proyecto de Resolución establece los siguientes lineamientos:
-Se modifica el artículo 4 de la resolución conjunta de carácter general del Ministerio de Agricultura y Ganadería y la Dirección General de Tributación N° MAG-DGT-R-52-2019, denominada “Procedimiento y requisitos para inscripción en el registro de productos agropecuarios y pescadores”, para que, en adelante, se lea de la manera siguiente:
“Artículo 4.- Registro de productores.
Los productores agropecuarios se registrarán de acuerdo con la lista incluida en la Clasificación de actividades económicas de Costa Rica (CAECR-2011): de la sección A (Agricultura y Ganadería, Silvicultura y Pesca) la división 01 (Agricultura, Ganadería, Caza y actividades de servicios Conexos) el grupo 011 (Cultivo de plantas no perennes), el grupo 012 (Cultivo de plantas perennes), el grupo 013 (propagación de plantas), el grupo 014 (ganadería), el grupo 015 (Explotación mixta); de la división 02 (Silvicultura y extracción de madera), el grupo 021 (Silvicultura y otras actividades forestales); y de la división 03 (pesca y acuicultura), del grupo 032 (acuicultura), las clases 0321 (acuicultura marina) y 0322 (acuicultura en agua dulce)”.
-Vigencia: Rige a partir de su publicación.
Datos importantes:
Las observaciones pueden dirigirse por escrito al correo electrónico: RecaTJuridica@hacienda.go.cr. Se concede a las entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de intereses difusos, un plazo de 10 días hábiles contados a partir de la primera publicación de este aviso.
Adjunto encontrará para mayor información el documento oficial emitido por el Ministerio de Agricultura y Ganadería y la Dirección General de Tributación: Borrador-Modif art 4 del MAG y DGT N MAG-DGT-R-52-2019 .pdf
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