MH-DGH-RES-0032-2024/MH-DGA-RES-0981-2024: ESTABLECE UN 10.67% LA TASA DE INTERÉS DEL SUJETO PASIVO
MH-DGH-RES-0032-2024/MH-DGA-RES-0981-2024: Establece un 10,67% la tasa de interés tanto a cargo del sujeto pasivo como a cargo de la Administración Tributaria
Alcance N° 116 a la Gaceta N° 114, lunes 24 de junio del 2024.
La presente resolución establece los siguientes lineamientos:
-Se establece en 10,67% la tasa de interés tanto a cargo del sujeto pasivo como a cargo de la Administración Tributaria, de conformidad con lo regulado en los artículos 57 y 58 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y el artículo 61 de la Ley General de Aduanas.
-Igual tasa de interés será aplicable en caso de pagos de la obligación tributaria aduanera realizadas posteriores al momento del hecho generador o cobros indebidos de tributos realizados por la Administración Aduanera de conformidad con la Ley Nº 9069, Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria, con la que se reformó el artículo 61 de la Ley Nº 7557 Ley General de Aduanas.
-También aplica la misma tasa de interés para el cobro de intereses en caso de multas impuestas por el Servicio Nacional de Aduanas no pagadas, las cuales se computarán a partir de los 3 días hábiles siguientes a la firmeza de la resolución que las fija, conforme a la tasa establecida en el artículo 61 de la Ley General de Aduanas.
Datos importantes:
-La tasa de interés del 10,67% que se establece en la presente resolución estará vigente a partir del 01 de julio del 2024.
-Se deja sin vigencia la resolución MH-DGH-RES-0048-2023/MH-DGA-RES-2596-2023.
-Rige a partir del 01 de julio de 2024.
Adjunto encontrará para mayor información el documento oficial emitido por la Dirección General de Aduanas: MH-DGH-RES-0032-2024 - MH-DGA-RES-0981-2024.pdf
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