PROYECTO DE LEY DE ATENCIÓN A LOS ARRENDATARIOS Y ARRENDADORES DE LOCALES COMERCIALES
PROYECTO DE LEY DE ATENCIÓN A LOS ARRENDATARIOS Y ARRENDADORES DE LOCALES COMERCIALES, MEDIANTE LA MODIFICACIÓN AL ARTÍCULO 6 DE LA LEY N° 9830, LEY DE ALIVIO FISCAL ANTE EL COVID-19
Expediente N° 22.045, Alcance N° 161 a La Gaceta N°157, martes 30 de junio 2020.
ARTÍCULO 1- Se modifica el artículo 6 de la Ley N° 9830, de 19 de marzo de 2020, para que se lea en delante de la siguiente manera:
Artículo 6- Exoneración del Impuesto al Valor Agregado en arrendamientos comerciales
Quedan exentos del pago del impuesto establecido en la Ley N° 6826, Ley del Impuesto al Valor Agregado, de 8 de noviembre de 1982, los arrendamientos utilizados para actividades comerciales, por los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto y setiembre de 2020, siempre y cuando el arrendatario y el arrendador estén inscritos en el Registro Único Tributario de la Dirección General de Tributación, en el Régimen General o el Régimen Especial Agropecuario.
Adjunto encontrará el Proyecto de ley completo:
Expediente N 22.045.pdf
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