LEY 9875: ADICIÓN DE UN TRANSITORIO AL ART 148 DE LA LEY 2, CÓDIGO DE TRABAJO, TRASLADO DE FERIADOS
Ley 9875: Adición de un transitorio al artículo 148 de la Ley 2, Código de trabajo. De 27 de agosto de 1943, para trasladar los feriados a los lunes, con el fin de promover la visita interna y el turismo durante los años 2020 al 2024.
Según el Alcance N° 185 a La Gaceta N° 175, sábado 18 de julio, 2020.
Se adiciona un transitorio al artículo 148 de la Ley 2, Código de Trabajo:
Todo lo anterior, con el propósito de fomentar la visitación interna y la reactivación económica en todas las regiones del país, particularmente del sector turismo.
*Las actividades oficiales correspondientes a las conmemoraciones referidas para las fechas indicadas, cuanto así proceda, se realizarán el propio día dispuesto.
Adjunto encontrará link del documento oficial emitido por la Asamblea Legislativa.
Ley 9875.pdf
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