PROYECTO-REFORMA DEL ARTÍCULO 11 DE LA RESOLUCIÓN DGT-R-060-2017
PROYECTO-REFORMA DEL ARTÍCULO 11 DE LA RESOLUCIÓN DGT-R-060-2017
Se modifica el artículo 11 de la resolución N.º DGT-R-060-2017, para que diga:
Estados del RUT: Las personas físicas o jurídicas, así como los entes colectivos sin personalidad jurídica que tengan la obligación de inscribirse, modificar datos y desinscribirse en el Registro Único Tributario, se les identificarán mediante los siguientes estados:
a) No inscrito
b) Inscrito
c) Inscrito de oficio
d) Desinscrito
e) Desinscrito de oficio
f) Baja temporal
Las observaciones sobre el proyecto en referencia deberán expresarse por escrito y dirigirlas a la Dirección General de Tributación, en un plazo de 10 días hábiles contados a partir de la primera publicación en La Gaceta, a la siguiente dirección electrónica: RecaTJuridica@hacienda.go.cr
Adjunto se encuentra el documento oficial emitido por la Dirección Genral de Tributación
Proyecto-Modificaci?006e0000el art?00630075lo 11 de la resoluci?006e0000GT-R-60-2017 Estados del RUT..pdf
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